La exención tributaria tiene gran importancia en el ordenamiento jurídico boliviano y en la política fiscal, económica y social del país. Es un tema poco estudiado en comparación con otros temas en su materia siendo poco regulado dentro del derecho boliviano.
Características de las exenciones
¿Cuál es su objeto?
Generar equidad donde no existe.
Incentiva ciertas áreas de la economía.
Evitar decrementos en la recaudación de impuestos.
Definición jurídica tributaria
En la exención se eliminan de la regla general de causación ciertos hechos o situaciones imponibles, por razones de seguridad, política económica o conveniencia.
Instrumento
Es un instrumento del que se vale el derecho internacional para crear y preservar las relaciones entre los Estados fundamentado en el principio de reciprocidad.
¿Qué requisitos deben cumplir?
Deben ser abstractas, generales e impersonales, en el sentido de no contravenir lo dispuesto en el precepto constitucional en el sentido de prohibir las exenciones permanentes y definitivas o en favor de personas determinadas.
Definición jurídica
La exención tributaria está conectada íntimamente con el hecho imponible, la cual se ajusta al sometimiento en forma reducida de la obligación tributaria material.
Fundamentos de la exención
a)- Sustento hipotético
b)- El impuesto u obligación
c)- Liberación de la deuda. (Francisco de Garza)
¿Cuáles son los elementos que componen las exenciones?
Conveniencia
Logrando conveniencia en el pago de los impuestos ayuda a asegurar su cumplimiento.
Política Económica
En Bolivia se impulsó «La Nueva Política Económica» cuyo objetivo principal era lograr la estabilización como requisito para el crecimiento y justicia social.
Equidad
Que cada contribuyente pague según lo que le corresponda.
Régimen de exenciones y exclusiones a terminadas actividades
Leyes
Ley 843
Ley 1834 Ley de Mercado de Valores
Ley 1883 de Seguros
Ley 2064 de reactivación económica.
Ley 2074 Ley de promoción y desarrollo de la Actividad Turística.
Fondo especial de Reactivación Económica
Ley 1489 Desarrollo y Tratamiento impositivo a las Exportaciones
Ley 1850 Zona Franca Cobija
Ley 2135 exención del IUE a empresas instaladas en ZOFRA COBIJA
Ley 2493 Régimen Tributario Zofras
Ley 2739 Zona Franca Cultural y Turística del Depto. De Chuquisaca
Ley 2755 Crea ZOFRA Industrial y Comercial en Municipio de Sucre
D.S. 24051 Arts. 34,42 y 43
Régimen de Internación temporal
Régimen de Zonas Francas
Devolución impositiva por exportaciones
Otras
Utilidades de las instituciones no lucrativas.
Establecimientos educacionales privados
Edición importación de libros
Compraventa de minerales, metales, petróleo, gas natural y derivados en mercado interno para exportación.
Retribución por administración de cartera por las entidades de intermediación financiera.
Primas de seguros de vida.
Ventas de servicios turísticos y servicios de hospedaje a turistas extranjeros.
Tasa cero
Análisis y Conclusiones
Las exenciones tributarias no solamente pueden estar previstas en un ordenamiento con jerarquía de ley, pues en el desarrollo del presente trabajo pudimos constatar que también pueden ser establecidas en ordenamientos de carácter internacional como los tratados y las convenciones.
Se puede inferir que la nueva situación sin exenciones tributarias (o sin buena parte de ellas) da lugar a mayores recursos para el estado que podrían ser redistribuidos en las zonas y poblaciones objetivo, a través de programas de inversión pública en educación, infraestructura e investigación y desarrollo, con un impacto más directo y controlable sobre empleo y bienestar, y sin los nocivos efectos secundarios asociados con las exenciones tributarias.
Existen diversas nociones que tanto la doctrina como la jurisprudencia tienen respecto de la exención, en donde la definen como una relación jurídica, como una figura tributaria, como un privilegio, como una técnica impositiva que aminora las cargas tributarias, como una dispensa de pago, etcétera.